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BASE LEGAL DE LA OBJECIÓN


En una sociedad donde siempre se muestra presente la tentación de ejercer el poder de forma egoísta o sectaria existe la posibilidad de amparar legalmente la propia conciencia .


Efectivamente, las constituciones democráticas establecen que cada persona tiene derecho a que le sean respetadas todas y cada una de sus libertades individuales, tanto en el campo civil como en el terreno político. Tanto en lo que se refiere a los derechos civiles: derecho a la vida, en un lugar muy destacado; derecho a la nacionalidad, a una igualdad de trato ante la justicia, a la libertad de ideas y a la objeción de conciencia, al honor y a la intimidad, derecho de expresión o derecho de propiedad. Como en lo que se refiere a los derechos políticos: derecho de reunión, de manifestación, de asociación, de participación política, de huelga, etc.


Por eso, no es extraño que la posibilidad de objetar conciencia –un signo de salud democrática y una autentica llamada de atención ante eventuales excesos legales- figure con particular propiedad entre las garantías jurídicas reconocidas por las constituciones occidentales.



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